Deuda médica y reportes de crédito en Florida

La ley de Florida limita cuándo se puede reportar cierta deuda médica a las agencias de crédito.

Reportarlo a una agencia de crédito es una acción extraordinaria de cobro (ECA). Un hospital o centro de cirugía no puede hacerlo (ni tomar otras acciones de ese tipo) antes de verificar si usted califica para asistencia financiera y decidir cualquier solicitud, antes de enviarle un estado de cuenta detallado o una factura, durante un reclamo sobre la facturación o la apelación de un reclamo de seguro, antes de facturar a su aseguradora y de que esta decida el reclamo, dentro de 30 días después de avisarle por escrito, por correo certificado u otro método rastreable, que comenzará el cobro, ni mientras usted negocia de buena fe la factura final o cumple con un plan de pagos con el centro.

Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.

La regla en Florida

Límite parcial

Reportarlo a una agencia de crédito es una acción extraordinaria de cobro (ECA). Un hospital o centro de cirugía no puede hacerlo (ni tomar otras acciones de ese tipo) antes de verificar si usted califica para asistencia financiera y decidir cualquier solicitud, antes de enviarle un estado de cuenta detallado o una factura, durante un reclamo sobre la facturación o la apelación de un reclamo de seguro, antes de facturar a su aseguradora y de que esta decida el reclamo, dentro de 30 días después de avisarle por escrito, por correo certificado u otro método rastreable, que comenzará el cobro, ni mientras usted negocia de buena fe la factura final o cumple con un plan de pagos con el centro.

A quién cubre la regla: Hospitales y centros de cirugía con licencia bajo el capítulo 395 (no las agencias de crédito)

En vigor desde: 1 de julio de 2024

Ley (en inglés): Fla. Stat. 395.3011

Otros límites a la cobranza en Florida

Reglas de espera

Antes de que un hospital o centro de cirugía venda su deuda, lo reporte a una agencia de crédito, demore o niegue atención necesaria por facturas impagas cubiertas por su política de asistencia financiera, o tome acciones legales (gravamen (lien), ejecución hipotecaria, embargo de cuenta bancaria, demanda, arresto o embargo de salario), debe: hacer esfuerzos razonables para verificar si usted califica para asistencia financiera y decidir cualquier solicitud; enviarle un estado de cuenta detallado o una factura; esperar mientras un reclamo sobre la facturación o una apelación de seguro esté pendiente; facturar a su aseguradora y dejar que decida el reclamo; y esperar 30 días después de avisarle por escrito, por correo certificado u otro método rastreable, que comenzará el cobro. No puede dar estos pasos mientras usted negocia de buena fe la factura final o cumple con un plan de pagos con el centro.

Gravámenes sobre su vivienda

Para la factura de un hospital o centro de cirugía, poner un gravamen (lien) sobre su propiedad o ejecutar la hipoteca de su vivienda es una acción extraordinaria de cobro que el centro solo puede tomar después de cumplir todas las condiciones anteriores.

Embargo de salario

El embargo de salario por la factura de un hospital o centro de cirugía es una acción extraordinaria de cobro que solo puede ocurrir después de cumplir las condiciones anteriores. Según la regla general de Florida, si usted es jefe de familia (aporta más de la mitad del sustento de un hijo u otra persona dependiente), todos sus ingresos disponibles hasta $750 por semana están exentos de embargo, y los ingresos por encima de $750 por semana están exentos a menos que usted haya acordado otra cosa por escrito. Los salarios exentos siguen protegidos en una cuenta bancaria durante 6 meses si se pueden rastrear.

Venta de la deuda

Vender su deuda es una acción extraordinaria de cobro. La regla del aviso escrito de 30 días no se aplica a una venta si el contrato dice que la deuda no tendrá intereses ni cargos, que el comprador no tomará acciones extraordinarias de cobro y que la deuda se devolverá al centro si el comprador determina que usted califica para asistencia financiera.

Cuenta bancaria

En una demanda por una deuda de servicios de un hospital o centro de cirugía con licencia bajo el capítulo 395, su participación en un vehículo de motor (hasta $10,000 de valor) está protegida contra el embargo y otros procesos legales, y también lo están hasta $10,000 de otros bienes personales si usted no reclama ni recibe la exención de vivienda (homestead) de Florida.

Ley (en inglés): Fla. Stat. 395.3011; Fla. Stat. 222.11; Fla. Stat. 222.26

¿Mi deuda es muy antigua en Florida?

Tipo de acuerdoPlazo para demandar
Contrato escrito5 años
Cuenta abierta4 años
Acuerdo verbal (oral)4 años
Deuda médica (fijado por ley)3 años

Una demanda para cobrar una deuda médica por servicios de un hospital, centro de cirugía u otro centro con licencia bajo el capítulo 395 debe presentarse dentro de 3 años. Para otras deudas: una acción por un contrato escrito debe presentarse dentro de 5 años; una acción por un contrato no basado en un documento escrito, incluidas las cuentas de tiendas, dentro de 4 años.

Qué puede reiniciar el plazo

Una promesa de pagar una deuda que ya pasó el plazo, o el reconocimiento de ella, cuenta solo si es por escrito y está firmado por usted.

Cuándo empieza a correr el plazo

Para la deuda médica de un centro del capítulo 395, los 3 años cuentan desde la fecha en que el centro envía la deuda a un tercero para su cobro.

Ley (en inglés): Fla. Stat. 95.11(2)(b), (3)(j), (4); Fla. Stat. 95.04

El plazo para demandar puede variar según el tipo de acuerdo, y cuándo empieza y qué lo reinicia puede variar; lo decide un tribunal.

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Dónde presentar una queja en Florida

Preguntas sobre facturas médicas en Florida

¿Se puede reportar la deuda médica a las agencias de crédito en Florida?

La ley de Florida limita cuándo se puede reportar cierta deuda médica a las agencias de crédito. Reportarlo a una agencia de crédito es una acción extraordinaria de cobro (ECA).

¿Por cuánto tiempo se puede cobrar o demandar una factura médica en Florida?

Una demanda para cobrar una deuda médica por servicios de un hospital, centro de cirugía u otro centro con licencia bajo el capítulo 395 debe presentarse dentro de 3 años. Para otras deudas: una acción por un contrato escrito debe presentarse dentro de 5 años; una acción por un contrato no basado en un documento escrito, incluidas las cuentas de tiendas, dentro de 4 años.

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