Facturas médicas en Colorado: atención gratuita, reportes de crédito y sus derechos
Colorado tiene una ley que exige que los hospitales den atención gratuita o con descuento a personas con ingresos de hasta el 250% del nivel federal de pobreza.
La ley de Colorado limita cuándo se puede reportar cierta deuda médica a las agencias de crédito.
La atención caritativa (charity care) es atención gratuita o con descuento para personas con bajos ingresos. Los hospitales también la llaman asistencia financiera.
Revisado con fuentes oficiales: 30 de octubre de 2026.
Las reglas federales para hospitales sin fines de lucro se aplican en todos los estados. La ayuda gratuita puede revisar su factura.
¿Pueden reducir mi factura en Colorado?
Colorado tiene una ley que exige que los hospitales den atención gratuita o con descuento a personas con ingresos de hasta el 250% del nivel federal de pobreza.
| Ingresos (% del nivel de pobreza) | Qué recibe | Detalles |
|---|---|---|
| Hasta 250% | Descuento | Si los ingresos de su hogar son iguales o menores al 250% del nivel federal de pobreza, el hospital y los profesionales que lo atendieron no pueden cobrarle más que las tarifas con descuento fijadas por el estado, deben permitirle pagar en cuotas mensuales limitadas según sus ingresos, y deben considerar la factura como pagada por completo después de 36 meses de pagos. Los hospitales pueden ofrecer más ayuda con sus propios programas de asistencia financiera. |
Son los niveles de ingresos que escribe la ley. Cada hospital decide con su propia política.
- La ley
Hospital Discounted Care (atención hospitalaria con descuento; Health-Care Billing for Indigent Patients, HB 21-1198)
- Qué hospitales
Hospitales generales con licencia, incluidos los hospitales con fines de lucro; University of Colorado Hospital y Denver Health; salas de emergencia independientes con licencia; departamentos ambulatorios de hospitales, dentro o fuera del campus (no los centros de salud calificados a nivel federal); y, por mención expresa desde el 1 de julio de 2026, los hospitales de acceso crítico.
- Quién puede recibir ayuda
Residentes de Colorado (usted declara que vive en Colorado) con ingresos del hogar iguales o menores al 250% del nivel federal de pobreza que recibieron atención hospitalaria como paciente internado o ambulatorio.
- Lo máximo que le pueden cobrar
Si usted califica, no se le puede cobrar más que la tarifa con descuento que fija cada año el Department of Health Care Policy and Financing. Las tarifas se aproximan al 100% de la tarifa de Medicare o al 100% de la tarifa de Medicaid, la que sea mayor, y no son menores a ese monto.
- Plazo para solicitar
La ley estatal no fija un plazo para que usted presente la solicitud. A un paciente sin seguro se le debe evaluar dentro de 45 días desde la fecha del servicio o del alta; a un paciente con seguro que lo pida, dentro de 45 días. Después usted tiene 45 días para enviar los documentos que pida el hospital, y el hospital debe decidir dentro de 21 días después de tener todo.
Ley (en inglés): C.R.S. 25.5-3-501 to 25.5-3-507; C.R.S. 10 CCR 2505-10 secs. 8.920-8.928
Revise su nivel de ingresos
Averigüe qué porcentaje del nivel federal de pobreza son los ingresos de su hogar y compárelo con los niveles de ingresos de la ley de Colorado.
¿Mi deuda es muy antigua en Colorado?
| Tipo de acuerdo | Plazo para demandar |
|---|---|
| Contrato escrito | 6 años |
| Cuenta abierta | 6 años |
Una demanda para recuperar una deuda o una suma fija de dinero adeudada debe presentarse dentro de 6 años. Otros reclamos por contrato generalmente tienen 3 años.
- Qué puede reiniciar el plazo
Una nueva promesa o un reconocimiento de la deuda cuenta solo si es por escrito y está firmado por usted. La ley dice que esta regla no cambia el efecto de un pago del capital o de los intereses.
- Cuándo empieza a correr el plazo
Un reclamo por una deuda comienza cuando el dinero vence. Un reclamo por el saldo de una cuenta abierta (open account) por bienes o servicios comienza en la fecha del último artículo o servicio de la cuenta.
Ley (en inglés): C.R.S. 13-80-103.5(1)(a), 13-80-101(1)(a), 13-80-108(4)-(5), 13-80-113
El plazo para demandar puede variar según el tipo de acuerdo, y cuándo empieza y qué lo reinicia puede variar; lo decide un tribunal.
¿Pueden demandarme o reportarlo en Colorado?
- Reportes de crédito
Límite parcial
Una agencia de crédito no puede incluir en un reporte de crédito ninguna información negativa que sepa, o deba saber, que es sobre deuda médica.
- Reglas de espera
Para facturas del hospital, ninguna persona que cobre la deuda puede dar un paso de cobro que requiera un proceso legal o judicial (por ejemplo, poner un gravamen (lien) sobre una propiedad, congelar o embargar una cuenta bancaria, o embargar el salario) hasta 182 días después de la fecha en que usted recibió la atención del hospital. Nunca se permite la ejecución hipotecaria de su vivienda por facturas del hospital. Antes de enviar su factura a cobranza o de dar esos pasos, el hospital debe evaluarlo, darle cualquier descuento para el que califique, explicar la factura en lenguaje sencillo, facturar a su seguro y enviarle un aviso, por lo menos 30 días antes, con información sobre la atención con descuento. Una agencia de cobranza debe esperar 30 días después de su aviso o hasta que termine el período de validación, lo que ocurra después. Si usted tiene un plan de pagos de atención con descuento establecido, estos pasos pueden comenzar solo después de que usted falte a tres pagos seguidos sin pedir un aplazamiento, y el proveedor debe avisarle por lo menos 30 días antes de comenzarlos. Si usted informó a un proveedor sobre su seguro dentro de 30 días después de la atención y el seguro pagó solo una parte, el proveedor debe enviarle por correo un aviso por lo menos 30 días antes de enviar el saldo a una agencia de cobranza. Mientras una apelación de seguro esté pendiente, o haya estado pendiente en los últimos 63 días, un cobrador no puede reportar la deuda, contactarlo para cobrar, demandarlo ni vender la deuda.
- Intereses
Como máximo 3% al año
Los intereses sobre la deuda médica están limitados al 3% al año. El administrador estatal de crédito al consumidor debe adoptar reglas o guías, a más tardar el 31 de diciembre de 2026, sobre cómo se aplica el límite al crédito al consumidor para deuda médica.
- Gravámenes sobre su vivienda
Nadie puede iniciar la ejecución hipotecaria de su vivienda principal (incluida una casa móvil) para cobrar una deuda por atención hospitalaria. Otros gravámenes (liens) sobre propiedades por facturas del hospital deben esperar 182 días después de la atención y requieren una acción judicial.
- Embargo de salario
Para facturas del hospital, el embargo de salario debe esperar 182 días después de la atención y los demás pasos de aviso. Para cualquier deuda, no se puede tomar más del 20% de sus ingresos semanales disponibles, ni nada de la cantidad que sea menor a 40 veces el salario mínimo por hora estatal o federal; usted puede pedir al tribunal que proteja más si lo necesita para gastos básicos de vida.
- Cuenta bancaria
Para facturas del hospital, congelar o embargar una cuenta bancaria debe esperar 182 días después de la atención. Hasta $2,500 en sus cuentas bancarias están exentos para cualquier deuda.
- Venta de la deuda
Una deuda del hospital solo se puede vender mediante un acuerdo escrito en el que el comprador se comprometa a nunca ejecutar la hipoteca de su vivienda, a devolver la deuda si usted debió recibir atención con descuento o cobertura pública, y a asegurarse de que usted nunca pague más de lo que debe. Un cobrador no puede vender una deuda médica mientras una apelación de seguro esté pendiente.
- Reglas de las demandas
Quien lo demande por una deuda médica debe adjuntar a la demanda una lista detallada de los cargos, con datos tachados u ocultos. Antes de una sentencia en rebeldía, el demandante debe presentar registros comerciales que muestren el acreedor original, el número de cuenta, el monto y el desglose, el último pago y la fecha en que surgió la deuda; una declaración jurada por sí sola no es suficiente.
Ley (en inglés): 10 CCR 2505-10 sec. 8.926; 6-20-201(5), (7)
Planes de pago e intereses en Colorado
- Los hospitales deben ofrecer un plan de pagos
Si usted califica para Hospital Discounted Care, el hospital y los profesionales deben permitirle pagar en cuotas mensuales: no más del 4% de los ingresos mensuales brutos de su hogar por una factura del hospital, el 2% por la factura de cada profesional por separado, y el 6% por una factura combinada del hospital y del profesional. Después de 36 meses de pagos, la factura se considera pagada por completo y el cobro debe terminar. Un proveedor no puede presionarlo para que acepte un préstamo con cargos o intereses en su lugar. Para cualquier deuda médica, un cobrador que acepte un plan de cuatro o más pagos debe darle una copia por escrito dentro de 7 días que muestre la tasa de interés y la fecha de pago final, y debe tratar de comunicarse con usted dos veces y avisarle por escrito antes de terminar el plan.
Ley (en inglés): C.R.S. 25.5-3-503(1)(b)-(c), 5-16-109.5(1); C.R.S. 10 CCR 2505-10 sec. 8.923
Facturas sorpresa y de ambulancia en Colorado
- Ley estatal
Colorado out-of-network billing law (ley de Colorado sobre facturación fuera de la red; HB 19-1174, HB 22-1284)
- Qué planes cubre
Planes de seguro médico regulados por la Colorado Division of Insurance (división de seguros de Colorado). Los planes de empleadores con autofinanciamiento por lo general están cubiertos solo por la ley federal.
- Qué agrega
Para atención de emergencia y para atención que no sea de emergencia en un centro dentro de la red, un proveedor fuera de la red debe facturar a su aseguradora y solo puede cobrarle su copago, coseguro y deducible de dentro de la red.
- Ambulancia terrestre
El estado lo protege
Si usted tiene un plan regulado por el estado y una empresa privada de ambulancias que no tiene contrato con su plan lo transporta en una ambulancia de emergencia, usted solo debe su deducible, coseguro o copago de dentro de la red; el plan le paga a la empresa una tarifa fija.
Ley (en inglés): C.R.S. 10-16-704(5.5)(d); C.R.S. 3 CCR 702-4, Regulation 4-2-66
Ley (en inglés): C.R.S. 10-16-704(3), (5.5); C.R.S. 12-30-112, 12-30-113
Facturas detalladas y estimados de precios en Colorado
La ley de Colorado le da derecho a una factura detallada.
Si usted lo pide por escrito, un cobrador de deudas que cobre una deuda médica debe dejar de cobrar hasta que le envíe un estado de cuenta detallado (itemized statement) gratuito: el nombre y la dirección del proveedor, las fechas de servicio, cada servicio o artículo, el monto original, los intereses, los cargos, los pagos, el seguro y los descuentos, y, para deuda del hospital, si usted fue evaluado y se determinó que era elegible para asistencia financiera. Antes de que una factura del hospital pase a cobranza, el hospital y los profesionales deben darle una explicación en lenguaje sencillo de los servicios y los cargos. Un proveedor que cobre un cargo de instalación (facility fee) debe darle una factura detallada estandarizada.
Ley (en inglés): C.R.S. 5-16-109(5), 25.5-3-506(1)(c), 6-20-102(3)(a)(II)
Estimados de precios
Si usted planea pagar la atención por cuenta propia, un proveedor o centro debe darle, si usted lo pide, un estimado por escrito del costo total antes del servicio, desglosado por componente, en inglés o español. La factura final no puede ser más de 15% o $400 mayor que el estimado, lo que sea menor, a menos que ocurra una emergencia o atención necesaria imprevista. Los hospitales también deben informarle de su derecho a un estimado del cargo promedio de un procedimiento común de hospitalización antes de ser admitido, y deben publicar sus tarifas de Medicare. Un hospital que no cumplía de manera sustancial con las reglas federales de transparencia de precios en la fecha de su atención no puede enviar esa factura a cobranza, demandarlo ni reportarla a una agencia de crédito.
Ley (en inglés): C.R.S. 25-49-106, 6-20-101, 25.5-1-903, 25.5-1-904
Cobertura de salud y Medicaid en Colorado
Health First Colorado es el programa Medicaid de Colorado. Solicite aquí:
Dónde presentar una queja en Colorado
- Facturas de hospital y asistencia financiera: Department of Health Care Policy and Financing (HCPF, departamento de política y financiamiento de atención médica), Hospital Discounted Care · 303-866-2580
Un hospital o profesional no lo evaluó, le cobró más que la tarifa con descuento, no le ofreció un plan de pagos adecuado, no le dio el aviso de derechos del paciente, o envió su factura a cobranza sin los pasos exigidos. - Seguro médico: Colorado Division of Insurance, Consumer Services (división de seguros de Colorado, servicios al consumidor) · 303-894-7490
Una factura sorpresa de un proveedor fuera de la red, una factura de ambulancia bajo un plan regulado por el estado, u otro problema con un seguro médico regulado por el estado. - Cobradores de deudas: Colorado Attorney General, Consumer Credit Unit (fiscal general de Colorado, unidad de crédito al consumidor)
Una agencia de cobranza o un cobrador de deudas violó las reglas de cobro de Colorado, por ejemplo sobre el crédito por deuda médica, los estados de cuenta detallados o los intereses. - Medicaid: Health First Colorado (Colorado Medicaid) · 1-800-221-3943
Preguntas sobre cómo solicitar Medicaid o CHP+, que pueden cubrir facturas del hospital.
Ayuda gratuita en Colorado
Herramientas, cartas y lista gratuitas
Bueno saber en Colorado
- Si usted califica para Hospital Discounted Care, su factura se considera pagada por completo después de 36 meses de pagos, aunque quede un saldo.
Ley (en inglés): C.R.S. 25.5-3-503(1)(c)
- A un hospital o profesional que omita los pasos exigidos de evaluación, descuento o aviso antes de la cobranza se le puede demandar por sus daños reales más hasta $1,000 y los honorarios de abogado.
Ley (en inglés): C.R.S. 25.5-3-506(2)
- Si un tribunal determina que un hospital incumplía de manera sustancial las reglas de transparencia de precios cuando usted recibió atención, el hospital debe reembolsar lo que usted pagó, pagarle una multa igual a la deuda, desistir de su demanda y eliminar la anotación en el reporte de crédito.
Ley (en inglés): C.R.S. 25.5-1-903(3)
Cambios en 2024–2026
7 de agosto de 2024: SB 24-116 limitó Hospital Discounted Care a residentes de Colorado que reciben atención hospitalaria como pacientes internados o ambulatorios, agregó el límite del 6% para facturas combinadas e hizo que los profesionales sean responsables de sus propias facturas; HB 24-1380 agregó reglas sobre quién puede ser el demandante en una demanda de cobro. 1 de julio de 2025: HB 24-1399 terminó la evaluación del Colorado Indigent Care Program y creó el Hospital Discounted Care Advisory Committee (comité asesor). 1 de julio de 2026: SB 24-121 incluyó a los hospitales de acceso crítico como centros cubiertos. 12 de agosto de 2026: SB 26-138 cambió la evaluación (datos de terceros o un cuestionario estatal, luego una solicitud uniforme si hace falta, con avisos de su porcentaje del nivel de pobreza y de su pago mensual máximo); HB 26-1426 exige que el administrador estatal de crédito al consumidor emita reglas o guías sobre el límite de intereses del 3% para la deuda médica a más tardar el 31 de diciembre de 2026. La regla de reportes de crédito por deuda médica terminará el 1 de julio de 2028, y la Colorado Fair Debt Collection Practices Act (ley de Colorado de prácticas justas de cobro de deudas) el 1 de septiembre de 2028, a menos que se prorroguen. Un proyecto de ley de 2025 sobre la facturación de ambulancias terrestres fue vetado.
Ley (en inglés): HB 25-1088
Fuente (en inglés): programa de atención para personas de bajos ingresos de Colorado
Preguntas sobre facturas médicas en Colorado
¿Colorado exige que los hospitales den atención gratuita o con descuento?
Colorado tiene una ley que exige que los hospitales den atención gratuita o con descuento a personas con ingresos de hasta el 250% del nivel federal de pobreza.
¿Se puede reportar la deuda médica a las agencias de crédito en Colorado?
La ley de Colorado limita cuándo se puede reportar cierta deuda médica a las agencias de crédito. Una agencia de crédito no puede incluir en un reporte de crédito ninguna información negativa que sepa, o deba saber, que es sobre deuda médica.
¿Por cuánto tiempo se puede cobrar o demandar una factura médica en Colorado?
Una demanda para recuperar una deuda o una suma fija de dinero adeudada debe presentarse dentro de 6 años. Otros reclamos por contrato generalmente tienen 3 años.
¿Una deuda médica puede llevar a un embargo de salario o a un gravamen sobre mi vivienda en Colorado?
Para facturas del hospital, el embargo de salario debe esperar 182 días después de la atención y los demás pasos de aviso. Para cualquier deuda, no se puede tomar más del 20% de sus ingresos semanales disponibles, ni nada de la cantidad que sea menor a 40 veces el salario mínimo por hora estatal o federal; usted puede pedir al tribunal que proteja más si lo necesita para gastos básicos de vida.
¿Estoy protegido contra las facturas de ambulancia terrestre en Colorado?
Si usted tiene un plan regulado por el estado y una empresa privada de ambulancias que no tiene contrato con su plan lo transporta en una ambulancia de emergencia, usted solo debe su deducible, coseguro o copago de dentro de la red; el plan le paga a la empresa una tarifa fija. Esta regla no se aplica a las ambulancias operadas por un departamento de bomberos u otra agencia del gobierno.
¿Tengo derecho a una factura detallada en Colorado?
Si usted lo pide por escrito, un cobrador de deudas que cobre una deuda médica debe dejar de cobrar hasta que le envíe un estado de cuenta detallado (itemized statement) gratuito: el nombre y la dirección del proveedor, las fechas de servicio, cada servicio o artículo, el monto original, los intereses, los cargos, los pagos, el seguro y los descuentos, y, para deuda del hospital, si usted fue evaluado y se determinó que era elegible para asistencia financiera. Antes de que una factura del hospital pase a cobranza, el hospital y los profesionales deben darle una explicación en lenguaje sencillo de los servicios y los cargos.
Más ayuda
Estados cercanos
Fuentes
- C.R.S. title 25.5 (2024 official OLLS printout), part 3-5 Hospital Discounted Care
- C.R.S. title 6 (2024), article 20 health-care debt collection
- C.R.S. title 5 (2024), interest cap, Colorado FDCPA, credit reporting
- C.R.S. title 10 (2024), 10-16-704
- C.R.S. title 12 (2024), 12-30-112, 12-30-113
- C.R.S. title 13 (2024), limitations and exemptions
- C.R.S. title 25 (2024), 25-49-106 self-pay estimates
- SB 26-138 session law, Ch. 308, Laws 2026
- HB 26-1426 session law, Ch. 334, Laws 2026
- 10 CCR 2505-10 sec. 8.900 (Hospital Discounted Care rules, version eff. July 10, 2026)
- HCPF Hospital Discounted Care (patient page)
- HCPF Hospital Discounted Care (provider page)
- Colorado DOI Regulation 4-2-66 (ambulance payment)
- Colorado DOI: Federal No Surprises Act / Colorado Out-of-Network Billing
- Colorado Legislative Council Digests of Bills 2024-2026
- HB 25-1088 (vetoed)